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Carabineros: su tradición represiva
Una vez tuve que escribir un artículo sobre la encuesta CEP en que se concluía que Carabineros eran la institución más prestigiosa y confiable de Chile. Por otro lado uno ve cómo atacan a la gente en las manifestaciones, en cualquier desfile tranquilo les tiran agua a presión, gases lacrimógenos, les echan la caballería encima e incluso hasta los perros. Ahora mataron a un trabajador en El Salvador -Nelson Quichillao- y dicen que la bala fue un rebote.
Pero los dirigentes sindicales y los trabajadores dicen otra cosa: Manuel Ahumada, presidente de la Confederación de Trabajadores del Cobre (CTC) se refirió a la muerte de este compañero a manos de Fuerzas Especiales de Carabineros cuando participaba en la cuarta jornada de movilizaciones en la mina El Salvador: “Hemos entregado cerca de 17 casquetes de balas de 9 milímetros, lo que demuestra que las Fuerzas Especiales dispararon y vaciaron sus armas de servicio en contra de los trabajadores movilizados”, dice Ahumada.
Agrega: “En Chile están dispuestos a mancharse las manos con sangre si un trabajador ejerce su derecho a paro y huelga. Se menosprecia a los trabajadores contratistas de la minería, la principal fuerza laboral de ésta... pese a que somos los trabajadores que hoy generamos el más alto valor para las riquezas de nuestro país, que se distribuye entre altos ejecutivos de la minería”.
La conclusión que se puede sacar es que hay dos tipos de carabineros: los buenos, que son lo que se podría llamar “pacos de pueblo”, que ayudan a la gente y están disponibles cuando se los necesita, y los malos. Porque están organizados en diferentes formas. Los odiosos y represivos son los de las Fuerzas Especiales.
A Carabineros lo creó Carlos Ibáñez en 1927. Fusionó varios organismos y estructuró un aparato policial centralizado y militarizado. Carabineros, después del golpe cívico-militar de 1973, pasó a formar parte de las Fuerzas Armadas y a depender del Ministerio de Defensa. El individuo que en esa época los dirigía, a pesar de ser la sexta antigüedad en la institución, fue corriendo a unirse a los golpistas. Así fue como los carabineros se subieron al carro de la dictadura para aumentar de categoría e hicieron méritos asesinando y torturando a mucha gente.
INSTITUCION CLASISTA
De las normas que rigen a Carabineros en la actualidad, la principal es la Ley Orgánica de Carabineros, promulgada por la dictadura y a la cual se le hicieron pequeñas modificaciones en 2011. En su artículo 1°, esta ley dice que es una institución “de carácter militar, que integra la fuerza pública y existe para dar eficacia al derecho, su finalidad es garantizar y mantener el orden público…”.
Esta ley orgánica es bastante inocentona y se refiere a casi puras cosas administrativas, sueldos, escalafones, grados, medallas y temas de este tipo.
Pero hay una cuestión de fondo interesante: la institución es súper clasista. Los carabineros se dividen en dos categorías: los superiores, que provienen de la Escuela de Carabineros y sus nombramientos, ascensos y retiros se autorizan por el presidente de la República. Se llaman “personal de nombramiento supremo” e incluyen los siguientes grados, de arriba para abajo: general, coronel, teniente coronel, mayor, capitán, teniente y subteniente. Y ahí se acaba la cosa. Los otros son los picantes, otro escalafón, otra categoría. Se llaman personal de nombramiento institucional y sus destinaciones, ascensos y retiros son una atribución legal del general director de Carabineros. Son los siguientes grados: suboficial mayor, suboficial, sargento 1°, sargento 2°, cabo 1°, cabo 2° y carabinero.
Jamás un suboficial puede pasar a oficial, son compartimentos totalmente separados.
Los sueldos mensuales que ganan estos funcionarios, incluyendo bonos y regalías, son los siguientes:
Los de nombramiento supremo:
General director $ 4.522.130
General inspector $ 3.850.518
General $ 3.677.972
Coronel $ 3.081.656
Teniente coronel $ 2.804.955
Mayor $ 2.428.382
Capitán $ 1.604.476
Teniente $ 1.208.387
Subteniente $ 931.956
Los de nombramiento institucional:
Suboficial mayor $ 1.507.003
Suboficial $ 1.321.666
Sargento 1° $ 1.131.634
Sargento 2° $ 1.154.368
Cabo 1° $ 848.313
Cabo 2° $ 675.673
Carabinero $ 542.868
Algunos de los sueldos del personal de nombramiento institucional son superiores a los de nombramiento supremo. Pero se debe tener en cuenta que para los de nombramiento institucional es la cúspide de su carrera, no pueden aspirar a más.
LAS FUERZAS ESPECIALES
Las unidades especializadas se dedican a labores específicas, como la Prefectura de Fuerzas Especiales (FF.EE.), cuya misión es el control de “muchedumbres y manifestantes de toda índole. Se pueden desplazar hacia cualquier punto del país para cumplir con su misión de mantener el orden y la tranquilidad, prevenir, neutralizar o normalizar acciones en contra del orden público y otras”.
De ahí para adelante ya se sabe que las Fuerzas Especiales de Carabineros participaron igual que el resto de las FF. AA. en las muertes y torturas de muchísimas personas. No voy a entrar en los detalles porque son muy conocidos, sólo quiero recordar que ahora ha revivido el Caso Quemados, debido a que un ex conscripto del ejército se atrevió a decir la verdad. Carmen Gloria Quintana vino a Chile con este motivo y ha sido entrevistada varias veces. Desde luego, el trato que le dieron algunos periodistas, sobre todo un panelista de TV, fue grosero y mezquino y despertó indignación en los televidentes. Pero fue muy significativo que pudieran ver a esta compañera que es un testigo que lleva grabada en su rostro la brutalidad y la crueldad de la dictadura. Muchos otros compañeros fueron torturados pero no exhiben tan claramente sus dolores y heridas. Carmen Gloria Quintana los muestra con gran dignidad y valentía. Es un recordatorio vivo y permanente que justifica más que nunca la consigna “Ni perdón ni olvido”.
Las torturas tan sádicas, sistemáticas y generalizadas no son fáciles de entender. Hay un libro de Hanna Arendt, Eichmann en Jerusalén, cuyo subtítulo es “Informe sobre la banalidad del mal”. Al parecer Eichmann era un hombre ordinario y vulgar, todo lo realizaba con celo y eficiencia burocrática, y no había en él un sentimiento de bien o mal en sus actos, dice Arendt. Pero esta extraña disociación de la personalidad no es tan corriente.
A lo que podríamos llamar tropa, los carabineros y militares de abajo, el simple carabinero o soldado raso, tuvieron que cultivarles, enseñarles el miedo y el odio para que actuaran masivamente como lo hicieron. A los miembros de Fuerzas Especiales de ataque, en el mundo entero los entrenan conforme a pautas elaboradas por militares y médicos especialistas estadounidenses o israelíes. Les enseñan a batirse brutalmente contra sus propios compañeros, los hacen criar a una mascota, generalmente un perrito, con el cual se encariñan debido al desamparo en que se encuentran, y luego los obligan a matarlo. Los hacen obedecer sin pensar, los automatizan en la lucha contra el enemigo. Los someten a un agotamiento físico tan grande que los hombres ya no son capaces de pensar, sólo obedecen ciegamente.
Siempre hay un enemigo, pero el “enemigo” es abstracto. “Si tú no lo matas el enemigo te mata a ti”. Y de pronto señalan a alguien y le dicen: “Ese es el enemigo”. Basta con eso para que el soldado o policía así entrenado esté dispuesto a matar. Pero a torturar en frío, no lo sé. Deben haberlo estudiado con la ayuda de siquiatras y han descubierto una técnica para lograrlo. En Chile no inventaron nada, todos estos métodos son antiguos. Fuera de los nazis, al parecer algunos de los maestros fueron los franceses con los procedimientos que aplicaron en la guerra de Argelia. Y desde luego, ahora los estadounidenses y los israelíes.
LAS COMISIONES RETTIG Y VALECH
Los crímenes cometidos bajo la dictadura están demostrados y probados en los informes de las comisiones Rettig y Valech. El Informe Rettig se refiere a los asesinados y desaparecidos. Del informe de la Comisión Valech sólo se han publicado cifras y cuestiones generales. Pero los testimonios de las personas que concurrieron a declarar se han mantenido secretos. No porque las víctimas lo solicitaran, pues hay numerosas personas que así lo están declarando, sino para proteger a los victimarios, para que la opinión pública no se enterara de tanto horror. Porque causa más horror la tortura que la muerte. El que dispuso que se mantuvieran secretos estos testimonios durante 50 años fue Ricardo Lagos cuando era presidente y para esos efectos expidió el Decreto 1.040, de 2003, que expresa:
“Artículo 15.- Son secretos los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, creada por Decreto Supremo Nº 1.040, de 2003, del Ministerio del Interior, en el desarrollo de su cometido. En todo caso, este secreto no se extiende al informe elaborado por la Comisión sobre la base de dichos antecedentes. El secreto establecido en el inciso anterior se mantendrá durante el plazo de 50 años, periodo en que los antecedentes sobre los que recae quedarán bajo la custodia del Ministerio del Interior”.
Los 50 años se cumplirán en 2053, cuando ya no quede viva ninguna víctima ni ningún torturador. No se trata ahora de que se abran para que cualquiera los pueda leer, sino para que las víctimas lo puedan autorizar. Porque las conclusiones de la Comisión Valech a lo mejor no hacen plena prueba ante un tribunal, pero ¡vaya que tendrían valor moral!
Hay una cosa interesante que sí se puede ver en el informe de la Comisión Valech: las listas de las personas que concurrieron voluntariamente a declarar ante ella, y también se puede ver quiénes no concurrieron. Entre los que no concurrieron están la doctora Michelle Bachelet y su madre, doña Angela Jeria, que todos sabemos que estuvieron presas bajo la dictadura.
Y ahora, bajo gobiernos seudo democráticos, vemos que todos los días las Fuerzas Especiales de Carabineros actúan de forma brutalmente represiva. Quienes no han estado en las marchas han podido ver los videos, que son escalofriantes. El Instituto Nacional de Derechos Humanos ha reclamado insistentemente contra estas prácticas, exigiendo que la actuación de Carabineros se ajuste a los procedimientos aceptados por la comunidad internacional. Sin embargo, esto no ha servido para nada.
ABUSO DE LA FUERZA
El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), ha reseñado en sus informes anuales casos de abusos y uso excesivo de la fuerza cometidos por Carabineros, “que ya constituye un patrón recurrente de acción”, durante las manifestaciones callejeras; ha llamado la atención sobre la muerte de un estudiante y sobre casos de violación de derechos humanos contra indígenas rapanui y mapuches, especialmente contra menores de esta última etnia(1).
A inicios de 2012, el INDH informó nuevamente de violencia policial excesiva durante la represión de un movimiento de protesta en Aysén. En tanto, a fines de ese mismo año, un estudio de la Universidad Diego Portales se sumó a la polémica sobre la actuación policial, afirmando que “las movilizaciones ciudadanas de 2010 y 2011 se vieron acompañadas de la utilización irracional y desproporcionada de la fuerza estatal”, lo que también se aprecia claramente día a día en la cotidianidad del centro de Santiago(2).
En 2011, la Alta Comisionada adjunta de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Kyung-wha Kang, manifestó su preocupación por “el excesivo uso de la fuerza por parte de fuerzas del orden”.
Después de ver todo esto se comprueba claramente que el problema no se está resolviendo. Y además, se advierte que ésta es una cultura de la violencia que viene desde la dictadura y que los gobiernos posteriores no han hecho nada por cambiar.
Hay normas internacionales muy claras sobre la materia. La principal de estas normas es el Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 17 de diciembre de 1979, mediante la Resolución 34/169.
Me permito reproducir algunos de sus artículos:
“Artículo 2: En el desempeño de sus tareas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley respetarán y protegerán la dignidad humana y mantendrán y defenderán los derechos humanos de todas las personas.
Artículo 3: Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas.
El uso de armas de fuego se considera una medida extrema. Deberá hacerse todo lo posible por excluir el uso de armas de fuego. No deberán emplearse excepto cuando un presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro, de algún otro modo, la vida de otras personas y no pueda reducirse o detenerse al presunto delincuente aplicando medidas menos extremas”.
Fuera de leer las normas que rigen a Carabineros y que aparentan ser muy respetuosas de los derechos humanos, habría que ver qué se les enseña en la práctica, cuáles son los principios y conductas tradicionales que se les inculcan.
PROPUESTAS PARA CARABINEROS
Tratándose de cuerpos jerarquizados, como es el caso de Carabineros, existe consenso sobre la responsabilidad del superior derivada de violaciones a los derechos humanos respecto de las cuales tuvo conocimiento, o bien no lo tuvo pero debiera haberlo tenido en razón de su posición de mando, o no adoptó las medidas preventivas razonables y necesarias para evitar que se produjesen dichas violaciones. Con mayor razón se debe examinar dicha responsabilidad cuando los hechos violatorios acreditados obedecieron a órdenes explícitas o implícitas de los mandos superiores.
Estos principios, si bien no son aplicables directamente en el orden interno como tipo penal, sí constituyen normas aceptadas por la comunidad internacional, que rigen la actuación de las autoridades para efecto de determinar su responsabilidad política y por violaciones a derechos humanos cometidas por sus subalternos.
En virtud de todo lo anterior, y para contribuir a resolver el problema y no quedarnos en la pura crítica, me parecería atinado que el gobierno tomara las siguientes medidas:
1. Terminar con las diferencias de escalafones entre los carabineros, los de nombramiento supremo y los institucionales, y permitir que los que actualmente son institucionales puedan ascender a los grados superiores.
2. Analizar las diferentes sanciones disciplinarias que se les aplican y eliminar todas aquellas que sean violatorias de los derechos humanos o que se apliquen sin las garantías del debido proceso.
3. Garantizar que a los carabineros se les impartan cursos de derechos humanos y asegurarse por parte de sus superiores de que los tengan debidamente asimilados y los apliquen constantemente en su accionar diario.
4. Prohibir el uso de armas de fuego y de gases lacrimógenos en la vigilancia de marchas y manifestaciones públicas.
5. Derogar las normas que declaran secretos los testimonios ante la Comisión Valech y permitir que se hagan públicos previa autorización de cada víctima o de sus causahabientes.
Margarita Labarca Goddard
Notas
(1) Información en línea en http://www.indh.cl/informe-anual-situacion-de-los-derechos-humanos-en-chile-2011.
(2) Información en línea en http://www.indh.cl/informe-anual-situacion-de-los-derechos-humanos-en-chile-2012.
(Publicado en “Punto Final”, edición Nº 835, 21 de agosto, 2015)
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